A partir del 1 de octubre, los trabajadores de alojamientos turísticos estarán obligados a registrar toda la información sobre sus huéspedes en una nueva herramienta informática, la cual permitirá que estos datos sean enviados a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cumpliendo con la normativa que entrará en vigor en otoño.
Esta nueva normativa ha generado preocupación en el sector turístico, ya que muchos trabajadores carecen de los conocimientos y recursos necesarios para manejar adecuadamente esta herramienta. Además, la exigencia de recopilar más datos de los huéspedes de lo que era necesario anteriormente plantea desafíos adicionales, tanto en términos operativos como en el manejo seguro de la información.
Curiosamente, esta normativa se establece en un momento en el que algunos alojamientos han sido sancionados por fotocopiar el DNI de sus clientes, una práctica que la Agencia Española de Protección de Datos prohíbe, con multas que pueden alcanzar hasta los 100.000 euros.
La gestión del DNI en los alojamientos turísticos ha sido objeto de recomendaciones recientes por parte de la Policía Nacional a través de su cuenta de X (anteriormente conocida como Twitter). Entre sus consejos, se incluye enviar fotocopias del DNI siempre en blanco y negro, pixelar datos sensibles como la firma, y añadir un texto sobre la imagen del documento explicando el motivo de su envío.
Con la nueva normativa, los alojamientos turísticos deberán recopilar y compartir con las autoridades una serie de datos obligatorios tanto de los huéspedes como del negocio y el alojamiento. En cuanto a los huéspedes, los datos requeridos incluyen:
- Nombre y apellidos.
- Sexo.
- Número de DNI.
- Número de soporte del documento.
- Tipo de documento (DNI, pasaporte, TIE).
- Nacionalidad.
- Fecha de nacimiento.
- Lugar de residencia habitual.
- Número de teléfono.
- Correo electrónico.
- Número de viajeros.
- Relación de parentesco entre los viajeros, en el caso de que haya algún menor de edad.
Por otro lado, los datos sobre el negocio y el alojamiento que deberán ser registrados son los siguientes:
- Nombre o razón social del titular.
- CIF o NIF.
- Municipio.
- Provincia.
- Número de teléfono.
- Dirección de correo electrónico.
- Página web de la empresa.
- URL para identificar el anuncio.
- Tipo de establecimiento.
- Denominación.
- Dirección completa.
- Código postal.
- Localidad y provincia.
Adicionalmente, los responsables de los alojamientos deberán aportar información sobre la estancia, como la fecha y hora de entrada y salida, el método de pago utilizado y otros detalles relacionados con el contrato. La nueva herramienta informática será crucial para garantizar que todos estos datos sean recopilados y transmitidos de manera segura y eficiente a las autoridades competentes, dado que a partir del 1 de octubre, este será el único método permitido para su envío.